RITE deja de ser una opción: una nueva obligación para parte del sector energético

Mediante la Resolución ENReGE N.º 199/2026, las empresas licenciatarias de transporte y distribución de gas natural y las concesionarias de transporte y distribución de electricidad bajo jurisdicción federal deberán inscribirse en el Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (RITE) en el plazo de un año, salvo que acrediten certificaciones ISO 37001 o ISO 37301, conforme lo previsto por la propia norma. Asimismo, el ENReGE invitó al resto de los actores del sector energético a adherir al Registro de manera voluntaria. Esta decisión se enmarca en una estrategia orientada a fortalecer la transparencia, prevenir la corrupción y acercar la regulación argentina a estándares promovidos por la OCDE.

Desde sus inicios, el  RITE, impulsado por la Oficina Anticorrupción, fue concebido como una herramienta voluntaria para que las organizaciones fortalecieran y visibilizaran sus Programas de Integridad. Eso acaba de cambiar para una parte importante del mercado.

Esta Resolución, si bien introduce nuevas obligaciones para determinados actores, trasciende el mero cumplimiento formal e impacta por el mensaje simbólico que transmite: representa una señal clara sobre el rumbo que está tomando la regulación. Los Programas de Integridad ya no son solamente una buena práctica o una ventaja competitiva. Comienzan a convertirse en un requisito esperado por los organismos públicos y reguladores.

Para muchas empresas, la inscripción en el RITE implicará realizar un diagnóstico de la madurez de su Programa de Integridad, revisar políticas y procedimientos, fortalecer mecanismos de denuncia, gestión de riesgos, capacitación, debida diligencia y monitoreo. Sin dudas, una ardua tarea por delante.

La buena noticia es que el RITE no fue pensado únicamente como un registro. Fue diseñada, además, como una herramienta de mejora continua que permite identificar brechas y fortalecer progresivamente el sistema de integridad de cada organización.

Probablemente esta Resolución no sea un hecho aislado. La experiencia argentina demuestra que distintos organismos reguladores han comenzado a incorporar requisitos vinculados con programas de integridad, transparencia y Compliance en sectores específicos (citemos, a modo de ejemplo, la Resolución 797/2019 emitida por la Comisión Nacional de Valores). Todo indica que esta tendencia continuará expandiéndose hacia otras actividades reguladas.

Para las empresas alcanzadas, el mejor momento para ponerse en acción no ocurre al vencer el plazo: el mejor momento es ahora. Implementar un Programa de Integridad sólido requiere planificación, participación de distintas áreas y, sobre todo, una mirada estratégica que vaya mucho más allá del cumplimiento normativo y permee sobre toda la estructura organizacional.

La integridad hace rato dejó de ser solamente una expectativa ética o aspiracional, para convertirse en una condición para hacer negocios. Y solo aquellas organizaciones que logren verlo a tiempo tendrán una ventaja competitiva para capitalizar.

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