Por María Bladimirsquy para BDO en Argentina
¿Cómo impacta en las empresas fuera de la UE? ¿Qué debería hacer el área de Supply Chain? El pasado 24 de mayo se aprobó la Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad en la UE. Cada Estado parte tiene un período de gracia de dos años para incorporar el texto de la Directiva a su derecho interno.
La Directiva alcanza a las grandes empresas de la UE que tengan más de 1.000 trabajadoras/es y cuya facturación anual a escala mundial sea mayor a 450 millones de euros. Sin embargo, se exige mayor rigurosidad con el correr de los próximos años.
Para 2027 afectará a empresas con más de 5.000 personas trabajadoras y con una facturación mayor a 1.500 millones de euros, para 2028 a aquellas que cuenten con 3.000 personas trabajadoras y más de 900 millones de euros y, para 2029, a empresas con 1.000 personas trabajadoras y con una facturación mayor a 450 millones de euros.
A su vez, afecta a aquellas empresas externas a la UE pero que desarrollen actividades allí, siendo el mismo alcance que las grandes empresas de la UE aunque el requisito es únicamente sobre la facturación. En cuanto a las PyMES, no están afectadas de manera directa por el texto de la Directiva aunque sí quedan afectadas por ser parte de la cadena de suministro de empresas que operen con la UE o estén localizadas allí. Por último, es preciso destacar que se prevén sanciones de hasta un 5% de la facturación global neta de las compañías que realizan una debida diligencia inadecuada.
Es importante entender que los derechos humanos trascienden a toda la organización. En este sentido, para poder desarrollar una debida diligencia adecuada en materia ambiental y de derechos humanos, se necesita del trabajo mancomunado de las distintas áreas de las compañías (por ejemplo, se deberá involucrar a las áreas de Sostenibilidad, Recursos Humanos, Compliance, Compras, Legales y Gestión de Riesgos).
Conclusiones
Si como empresa quedás alcanzada por la Directiva, deberías:
Comenzar dando los primeros pasos en la debida diligencia en derechos humanos y ambiente. Por ejemplo, diseñar una Política, identificar y evaluar potenciales y actuales impactos negativos en derechos humanos y ambiente con un enfoque basado en el riesgo. Desarrollar mecanismos de quejas, por ejemplo mediante
líneas de denuncia, entre otras medidas.
Evaluar los riesgos a los derechos humanos y ambiente de proveedores, desarrollando auditorías frecuentes para proveedores de alto riesgo.
Publicar un informe anual en el que se dé a conocer la debida diligencia que se realiza en materia de derechos humanos y ambiente.
Conservar la documentación importante para justificar las acciones y decisiones tomadas en los últimos cinco años, ya que se podrían requerir auditorías de autoridades regulatorias de la UE.